Beneficiarios de la Ley 1429 de 2010 y Ley 1780 de 2016

Fondo camara de comercio

DEVOLUCIÓN DE DINEROS BENEFICIARIOS DE LA LEY 1429 DE 2010

 

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 del decreto reglamentario 489 de 2013 y los numerales 1.1.9.1.5 de la circular externa 03 del 24 de febrero de 2014 expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio (Hoy numeral 1. 3.5.10 de la Circular Externa 100-000002 de 2022 de la Superintendencia de Sociedades), la Cámara de Comercio del Cauca ha efectuado la revisión de todas las matrículas de pequeños empresarios que se formalizaron acogiéndose a los términos de la ley 1429 de 2010 entre el 29 de diciembre de 2010 y hasta el 24 de febrero de 2014

Encontramos que en el caso particular de las matriculas que se relacionan a continuación en él listado, la Cámara de Comercio del Cauca al momento de efectuar la matricula liquidó y cobro el 100% de los derechos de la matricula mercantil por no contar con evidencia de su renuncia a los beneficios de la mencionada ley.

Como Usted nunca se manifestó expresamente entiende la Cámara de Comercio del Cauca que nunca renuncio a los beneficios, por lo tanto, es necesario que se contacte con nosotros para acordar la forma de devolución de las sumas a la cuales tiene derecho bien mediante reembolso directo de la Cámara de Comercio o por medio de compensación con los servicios de la Entidad que Usted voluntariamente acceda.

Usted se podrá contactar a las líneas telefónicas en Popayán 8243625 extensiones 101, 151, 103, 114, en Santander de Quilichao al teléfono 8292228 extensiones 202, 203 y en el Bordo al teléfono 8262079 extensiones 301, 302 o al correo electrónico cae@cccauca.org.co

 

DEVOLUCIÓN DE DINEROS BENEFICIARIOS DE LA LEY 1780 DE 2016

Señor Comerciante, si Usted se encuentra en él siguiente listado, La Cámara de Comercio del Cauca se permite informarle que posee un saldo a favor por concepto del ajuste de la Ley 1780 de 2016. Por favor acercarse a nuestras instalaciones con uno de nuestros asesores para el trámite correspondiente.

Como Usted nunca se manifestó expresamente entiende la Cámara de Comercio del Cauca que nunca renuncio a los beneficios, por lo tanto, es necesario que se contacte con nosotros para acordar la forma de devolución de las sumas a la cuales tiene derecho bien mediante reembolso directo de la Cámara de Comercio o por medio de compensación con los servicios de la Entidad que Usted voluntariamente acceda.

Usted se podrá contactar a las líneas telefónicas en Popayán 8243625 extensiones 101, 151, 103, 114, en Santander de Quilichao al teléfono 8292228 extensiones 202, 203 y en el Bordo al teléfono 8262079 extensiones 301, 302 o al correo electrónico cae@cccauca.org.co
 

Listado de Beneficiarios de la Ley 1429 de 2010

Listado de Beneficiarios de la Ley 1780 de 2016

 

 

Mayores Informes:

ADRIÁN H SARZOSA FLÉTCHER

Director de Registros Publicos y Gerente del CAE

PBX (2) 8243625 Ext 114

Línea Gratuita: 01 8000 979595

dirregistro@cccauca.org.co

www.cccauca.org.co

CÁMARA DE COMERCIO DEL CAUCA

Popayán Cauca

 

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