Tarifas de Registro para el año 2020
El Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 2260 del 13 de diciembre de 2019, estableció los derechos por registro y renovación de la matricula mercantil, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, derechos de cancelaciones y mutaciones y derechos por inscripción de libros y documentos derechos de inscripción, renovación, mutación para las entidades sin ánimo de lucro (incluyendo economía solidaria), trámites del registro único de proponentes, trámites del registro único nacional de entidades operadoras de libranza, así como el valor del formulario y los certificados expedidos por las Cámaras de Comercio.
La Cámara de Comercio del Cauca se permite informar que de acuerdo con la Resolución 60222 de Octubre 12 de 2012 de la Superintendencia de Industria y Comercio, a partir del 1 de enero de 2013, sus usuarios deberán diligenciar el nuevo Registro Único Empresarial y Social (RUES), un formulario que permitirá brindar al Estado, a la sociedad en general, a los empresarios, a los contratistas, a las entidades de economía solidaria y a las entidades sin ánimo de lucro, una herramienta confiable de información unificada tanto en el orden nacional como en el internacional y que integrará la información de los siguientes registros:
El formulario RUES consta de dos páginas más anexos, en las que usted podrá efectuar:
Resolución 16771 de 2014 de la Superintendencia de Industria y Comercio, por la cual se autoriza una modificación en el formulario del Registro Único Empresarial y Social RUES y en el esquema gráfico del certificado del Registro Único de Proponentes RUP.
Consulte en esta sección las tarifas vigentes a partir del 1 de enero del 2021:
Tarifas vigentes de los registros públicos 2021.
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